Los derechos de explotación duran toda la vida del autor y 70 años después de su muerte o declaración de muerte, moment en el cual su obra pasa a dominio público, y puede ser utilizada por cualquiera, siempre que se respete la autoría y su integridad.
Los derechos morales, por su carácter personalísimo van vinculados a la vida del autor. Asimismo, los derechos de autoría e integridad de la obra pueden ser ejercidos, sin límite de tiempo, por sus herederos o por la persona designada por el autor. El derecho a decidir la divulgación de la obra inédita lo pueden ejercer las mismas personas durante 70 años desde la muerte del autor.
Carles Valls, Publicar un libro.com